Fuente:
http://www.solidaridadpostal.com/trabajo-sanciona-correos-hacer-contratos-fraudulentos-2014-2015.html
http://solidaritatpostal.blogspot.com.es/2015/10/06102015-ssp-una-inspeccion-de-trabajo.html
Alicante a 6 de agosto 2015
Una inspección de Trabajo detecta irregularidades laborales en Correos
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de
Alicante, comunico al Sindicato Solidaridad Postal, el resultado de la inspección laboral iniciada en el mes de mayo de 2015 a raíz de una
denuncia de este sindicato, y que ha dejado al descubierto un cumulo de irregularidades en las condiciones
laborales de los trabajadores de Correos en la provincia de Alicante.
El artículo 12.5 del Estatuto de los
Trabajadores exige que la empresa registre día a día la jornada de cada
empleado y la totalice mensualmente, entregando
el correspondiente resumen al trabajador.
La denuncia, presentada por el Sindicato
Solidaridad Postal (SSP), señala que las Sociedad Estatal Correos y Telégrafos,
no lleva registro de jornadas y tampoco entrega al trabajador resumen de las
horas realizadas. Esto es de vital importancia ya que la empresa formaliza una
media de 300 contratos inferiores a 30 días que se retribuyen por horas
realizadas. La ausencia de dicho resumen,
permite que trabajadores de Correos de una manera encubierta prolongan
la jornada por encima de lo permitido
El trabajo realizado por los inspectores de
Trabajo y Seguridad Social, revelan, entre otras cosas, que Correos no lleva a cabo un registro de la
jornada diaria realizada por cada trabajador ni entrega a estos copia del
resumen mensual junto con el recibo de salarios, a pesar de estar recogido en
el Estatuto de los Trabajadores( art. 12.5 letra h ET).
Lo
que llamó la atención de la Inspección es que el
representante de Correos no pudo aportar la documentación requerida.
La conclusión de la Inspección
quedó resumida de la siguiente manera: “Comprobándose que las nóminas
carecen de entre su contenido, del resumen de la jornada realizada en la
mensualidad, se propone la sanción en materia laboral por incumplimiento de dicha obligación”.
Valoración del Sindicato Solidaridad Postal.
El empresario debe conservar, según el
Estatuto de los Trabajadores, los resúmenes mensuales de los registros de
jornada durante un periodo de cuatro años.
En caso de incumplimiento de estas
obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada
completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los
servicios.
Esperamos que ahora la empresa Correos a cotice estos contratos a jornada completa y
se modifiquen las nóminas haciendo constar el resumen mensual de jornadas.
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